El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió durante la gestión 2026, un conjunto significativo de normativas tributarias que abordan diversos aspectos relacionados con la administración, el cumplimiento y la actualización de las regulaciones tributarias vigentes. Este inventario incluye disposiciones específicas sobre regímenes impositivos de dominio nacional, ajustes en los procedimientos de declaración y pago, así como modificaciones en los criterios de fiscalización y control tributario.
Para obtener un detalle completo y preciso de cada normativa, se recomienda consultar directamente los textos oficiales, disponibles en la plataforma RND 2026 autorizada por el SIN.
RND-102600000026

Se modifica la RND N° 102100000011 del Sistema de Facturación que dispone que toda factura emitida en moneda extranjera debe registrarse obligatoriamente utilizando el Tipo de Cambio Oficial (TCO) publicado por el Banco Central de Bolivia al día de la operación (salvo entidades financieras con norma ASFI, zonas francas y exportaciones con reglamentación especial).
RND-102600000025
Se modifica la RND N° 102100000011 del Sistema de Facturación para incorporar el procedimiento de ajuste y de control en el Sistema de Facturación respecto a casos de anulación de Documentos Fiscales de forma posterior al plazo de 9 días.
RND-102600000024
Se prorroga hasta el 31 de julio de 2026 el plazo de vencimiento para el pago de Facilidades de Pago de las cuotas mensuales correspondientes a los meses de mayo y junio de 2026.
RND-102600000023
Se ha extendido el plazo para pagar las cuotas mensuales de facilidades de pago correspondientes a mayo y junio de 2026 hasta el 10 de julio de 2026.
RND-102600000022
Se modifica el texto de la RND 102500000019 que establece la posibilidad de que los contribuyentes con retención de fondos puedan usar ese dinero para pagar el pago inicial o la garantía de una «Facilidad de Pago«.
RND-102600000021
Se establecen los requisitos y el procedimiento aplicable para la atención de consultas tributarias formuladas por personas naturales o jurídicas, sobre temas controvertibles y confusos.
RND-102600000020
Se modifica el texto de la RND 102500000019 que establece los requisitos, medios, plazos y formas para la solicitud, otorgamiento, seguimiento, control y otros aspectos inherentes a la concesión de Facilidades de Pago. Se reducen los montos de los pagos iniciales y las garantías.
RND-102600000019
Se establece el procedimiento administrativo para la formalización de la condonación de deudas tributarias y el acceso a la Regularización Tributaria, establecidos en los Artículos 2 y 3 de la Ley N° 1733 de Alivio Tributario, de 27 de mayo de 2026, y en el Artículo 64 del Código Tributario.
RND-102600000018
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2026, el vencimiento para el pago de Facilidades
de Pago de la cuota mensual correspondiente al mes de mayo de 2026.
RND-102600000017
Se prorroga hasta el 31 de julio de 2026, el plazo establecido para la homologación de productos en los sistemas de facturación con las actividades económicas del RNC. Además se amplía hasta el 30 de junio de 2026, para el envío digitalizado de los Estados Financieros, la Memoria Anual, el Estudio de Precios de Transferencia y el F-601, según corresponda, para los sujetos pasivos o terceros responsables del IUE, con cierre de gestión fiscal al 31 de diciembre de 2025.
RND-102600000016
Se actualiza el «Listado de Países o Regiones de Baja o Nula Tributación», el cual es un anexo de la RND 101900000002 del 15 de febrero de 2019. Los sujetos pasivos cuyo cierre de gestión fiscal sea hasta el 30 de junio de 2026 deben seguir utilizando la lista anterior actualizada en 2019; en cambio aquellos con cierre de gestión fiscal al 30 de septiembre de 2026 o posterior deben aplicar la nueva lista actualizada en el anexo de esta resolución para sus declaraciones y estudios de precios de transferencia.
RND-102600000015
Se prorroga de manera excepcional hasta el 15 de mayo de 2026, el plazo para la presentación y pago del Formulario 501 del IUE, correspondiente a la gestión 2025, para personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga, y reguladas por el Decreto Supremo Nº 28988, de 29 de diciembre de 2006.
RND-102600000014
Moderniza y facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante la actualización de los medios digitales para la presentación de información financiera. Esta norma modifica reglamentaciones anteriores (RND 101800000004 y RND 10-0008-15) para integrar el uso del sistema SIAT en el envío de Estados Financieros, Memorias Anuales y Estudios de Precios de Transferencia.
A continuación, se detallan las principales modificaciones introducidas por esta resolución:
- Incremento del umbral de ingresos: Se eleva el límite de Ventas y/o Ingresos Brutos Anuales de Bs1.200.000 a Bs1.700.000 para determinar la obligatoriedad de presentar documentación adicional, como el Dictamen de Auditoría Externa, el Dictamen Tributario y la Información Tributaria Complementaria (ITC).
- Uso obligatorio del SIAT: El envío digital de los Estados Financieros o la Memoria Anual ahora debe realizarse a través del sistema SIAT. Esto reemplaza el uso de módulos anteriores del «Aplicativo Contribuyentes» o la «Oficina Virtual» para estas gestiones específicas.
- Presentación de documentos en PDF: Los sujetos pasivos con ingresos iguales o superiores a Bs1.700.000 deben ahora adjuntar, de forma obligatoria y en formato PDF, los Estados Financieros, dictámenes e informes con las firmas respectivas a través del SIAT.
- Eliminación de la presentación física: La norma deroga el Capítulo II de la RND 101800000004 (Artículos 4, 5 y 6), eliminando los procedimientos y plazos que regulaban la entrega física de documentos en las Gerencias Distritales o GRACO.
- Estudios de Precios de Transferencia: Se establece que el Estudio de Precios de Transferencia debe ser enviado en formato PDF a través del SIAT de manera conjunta con los Estados Financieros.
- Prórroga para la gestión 2025: Se concede una prórroga hasta el 29 de mayo de 2026 para la presentación y pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), así como para el envío de toda la documentación digital correspondiente a los contribuyentes con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2025.
- Exención para presentaciones previas: Los contribuyentes que ya hubieran entregado su información de la gestión 2025 de forma física antes de la publicación de esta nueva RND, no están obligados a reenviarla en formato PDF.
RND-102600000013
Abroga la RND Nº 10-0011-10 y sus modificaciones posteriores, dejando de existir la normativa que regulaba el pago, recaudación y fiscalización del ITF.
RND-102600000012
Modifica los artículo 35, 46 y 69 de la RND 102100000011 del Sistema de Facturación en Línea para permitir que las compras de gasolina y diésel de cualquier origen generen un crédito fiscal del 100% para el IVA, estableciendo ahora que los contribuyentes deben registrar el importe total de la compra como base para el cálculo del crédito fiscal en sus registros tributarios.
RND-102600000011
Se prorroga hasta el 10 de abril de 2026, el plazo para la presentación de formularios del Re-IVA, correspondiente al periodo marzo 2026, para beneficiarios que se encuentran habilitados bajo la Modalidad Previo Registro de Facturas y Envío al SIN.
RND-102600000010
Se deroga el Artículo 6 de la RND Nº 10-0038-13, que anteriormente prohibía deducir en el IUE el crédito fiscal del IVA no computable vinculado a operaciones gravadas con tasa cero; de acuerdo con la Disposición Adicional Cuarta del Decreto Supremo Nº 5563, que estableció la deducción del IVA no computable en operaciones no gravadas o gravadas con tasa cero, para el IUE.
RND-102600000009
Se prorroga hasta el 30 de abril de 2026, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Formulario 022 y el pago de la obligación tributaria del IGF, por los sujetos pasivos con residencia en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, correspondiente a la gestión 2025; así como para los sujetos pasivos no residentes hasta el 29 de mayo de 2026.
RND-102600000008
Se prorroga hasta el día viernes 27 de marzo de 2026, el plazo de vencimiento para la presentación y pago de Declaraciones Juradas del periodo fiscal febrero 2026, para los contribuyentes cuyo NIT termina en los dígitos 8 y 9; así como para el contribuyente Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) con NIT 1020269020 y las Empresas Petroleras con Contratos de Operación vigentes.
RND-102600000007
Se amplía hasta el 30 de septiembre de 2026, el plazo señalado en la RND N° 102500000036, para que los contribuyentes clasificados en los grupos Noveno, Décimo, Décimo Primer y Décimo Segundo, emitan Documentos Fiscales a través de la modalidad de facturación en línea
asignada y/o la modalidad de facturación que tenga implementada.
RND-102600000006
Para el traslado de mercancías compradas en el mercado interno a través de puntos de control fronterizos, es obligatorio presentar facturas emitidas únicamente mediante modalidades en línea (Electrónica, Computarizada o Portal Web) que estén registradas ante la Administración Tributaria.
RND-102600000005
Se reglamenta la Depreciación Acelerada de Bienes de Activo Fijo, y la actualización de las alícuotas específicas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas gravadas por el Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), para su aplicación a partir del 9 de marzo de 2026, según el Decreto Supremo Nº 5563.
RND-102600000004
Se prorroga hasta el 29 de mayo de 2026 el plazo para que los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) realicen la homologación de productos en sus sistemas de facturación con las actividades económicas registradas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
RND-102600000003
Se modifica y amplía el artículo 4 de la RND 10-0019-16 para precisar qué gastos del sector transporte pueden computarse como Crédito Fiscal IVA, conforme a la Ley N° 843.
RND-102600000002
Se modifica el artículo 8 de la RND 102500000017 y se elimina la Inspección In Situ del proceso de inscripción al Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Ahora obtener el NIT ahora es más rápido y sencillo:
- Si la inscripción se desarrolla en plataformas del SIN, el NIT se genera al instante.
- Si la inscripción es en línea, solo es necesario apersonarse una vez para validar tu identidad y documentos.
RND-102600000001
Se abroga la RND N° 102500000052 de 24 de diciembre de 2025. No obstante, se mantienen los beneficios otorgados durante la vigencia de los artículos 28 y 30 del DS N° 5503 especialmente se reconoce la aplicación voluntaria de la depreciación acelerada para bienes de activo fijo adquiridos entre el 1 y el 12 de enero de 2026, siempre que los contribuyentes los declaren en el Formulario 605. Asimismo, se permite el reconocimiento excepcional de los aportes patronales correspondientes a diciembre de 2025, pagados hasta el 12 de enero de 2026, como pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado.



