📢 ¿Listo para la actualización tributaria 2025? Descubre cómo el nuevo Clasificador de Actividades Económicas impactará tu negocio.
La Resolución Normativa de Directorio N°102500000018 emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) establece la aprobación y entrada en vigencia del nuevo Clasificador de Actividades Económicas del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), compatible con la Clasificación de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Esta normativa dispone que, desde el 5 de mayo de 2025, todos los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado deberán actualizar la homologación de productos en sus sistemas de facturación según el nuevo clasificador hasta el 31 de octubre de 2025. Asimismo, la implementación del nuevo clasificador sustituye la anterior RND N°102000000023, garantizando mayor precisión y actualización en las actividades económicas registradas en el SIN, fortaleciendo la administración tributaria y el cumplimiento de obligaciones fiscales mediante la plataforma SIAT en Línea.
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102500000018
CLASIFICADOR DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES DEL SIN
La Paz, 22 de Abril de 2025
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas reglamentarias administrativas de carácter general a efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que el párrafo tercero del Artículo 25 del Decreto Supremo N° 27149 de 4 de agosto de 2003, autoriza al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) a dictar Resoluciones Administrativas de carácter general para establecer el mantenimiento y depuración del padrón nacional de contribuyentes.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102200000022 de 29 de septiembre de 2022 modificada por la Disposición Adicional Segunda de la RND N° 102300000007 de 3 de marzo de 2023, el Servicio de Impuestos Nacionales implementó el Sistema Integrado de la Administración Tributaria en Línea (SIAT en Línea) como el conjunto de subsistemas, aplicativos, módulos y servicios en red, diseñados para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Asimismo, dispuso la integración progresiva de las opciones de la Oficina Virtual, así como de otras funcionalidades.
Que la RND N° 102500000017 de 16 de abril de 2025, Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), establece el marco normativo de los procedimientos de inscripción, modificación, suspensión de actividades económicas y baja del NIT del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable en el padrón nacional de contribuyentes del SIN.
Que es necesario compatibilizar las actividades económicas del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) del Servicio de Impuestos Nacionales con la Clasificación de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB), que forma parte de un sistema de clasificaciones nacionales elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.-
I. Aprobar el «Clasificador de Actividades Económicas del Registro Nacional de Contribuyentes del SIN», publicado en la opción SIAT en Línea – Información Técnica de la página web www.impuestos.gob.bo. que regirá a partir del 5 de mayo de 2025.
II. El «Clasificador de Actividades Económicas del Registro Nacional de Contribuyentes del SIN» aprobado por la presente Resolución, está estructurado por los niveles de clasificación de actividades económicas y sus definiciones conceptuales. Asimismo, compatibiliza el detalle de las actividades económicas registradas en el «Clasificador de Actividades Económicas CAEB-SIN», incorporando además nuevas actividades.
III. Las actualizaciones al «Clasificador de Actividades Económicas del Registro Nacional de Contribuyentes del SIN» serán comunicadas a través de la página web de la Administración Tributaria.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única.- A efecto de la autorización para generación de Documentos Fiscales de conformidad al Inciso a) del Artículo 11 de la RND N° 102100000011 de 11 de agosto de 2021, los Sujetos Pasivos del Impuesto al Valor Agregado deberán actualizar hasta el 31 de octubre de 2025, la homologación de productos en sus sistemas de facturación con las actividades económicas del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), de acuerdo al procedimiento descrito en el Anexo Técnico del Sistema de Facturación disponible en la opción SIAT en Línea – Información Técnica.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA
Única.- A la vigencia de la presente Resolución queda abrogada la RND N° 102000000023 de 26 de agosto de 2020 «Homologación de Actividades Económicas del Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales» y sus actualizaciones o modificaciones.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 5 de mayo de 2025.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES



