Historia y vigencia de la reducción del crédito fiscal
Uno de los mecanismos tributarios más relevantes y debatidos entre los estudiosos de la tributación en Bolivia ha sido la limitación del crédito fiscal al 70% en la compra de carburantes. Esta medida, que ha evolucionado junto con la política de subvención a los hidrocarburos, refleja los intentos del Estado por equilibrar el gasto fiscal sin desincentivar completamente la actividad económica. Pero ¿qué significa este 70% y por qué es importante entender su historia y posible transformación?
Todo comenzó en diciembre de 2012, cuando la Ley Nº 317 del Presupuesto General del Estado (PGE) para la gestión fiscal de 2013 estableció que solo el 70% del valor del crédito fiscal contenido en facturas de compra de gasolina y diésel podría computarse para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El artículo 3 de esta ley marcó un antes y un después en la tributación boliviana, alineándose con la necesidad de reducir el impacto de la subvención estatal al carburante sin eliminar completamente el incentivo tributario.
Durante los años siguientes, esta norma se mantuvo vigente este artículo 3 de la Ley Nº 317 “arrastrándolo” en sucesivas leyes presupuestarias hasta la gestión 2018, aunque hubo una pausa temporal en las gestiones 2019 y 2020, desapareció misteriosamente de la legislación más parece por un descuido de los funcionarios encargados de ese “arrastre normativo”. Sin embargo, fue restituida con fuerza por el artículo 18 de la Ley Nº 1356 del PGE 2021, que reafirmó el 70% como el límite para computar crédito fiscal, esta vez ampliando su aplicación también al Régimen Complementario al IVA (RC-IVA) y a la devolución del impuesto conforme al artículo 11 de la Ley 843.
1. – Norma con vigencia permanente
La intención política quedó clara con la Ley Nº 1613 del PGE 2025, que incorporó el artículo 47 a la Ley Nº 2042 de Administración Presupuestaria, consolidando el tratamiento del 70% como una norma de vigencia permanente. Incluso en la reciente Ley Nº 1705 del PGE 2026, aunque no lo explicita, se asume la continuidad de esta política al seguir basándose en la Ley Nº 2042 como referencia presupuestaria.
La discusión recobró fuerza en 2026 con la emisión del Decreto Supremo Nº 5503, que inició un proceso gradual de ajuste de precios para los combustibles, levantando parcialmente la subvención. Se establecieron precios fijos para seis meses, como la gasolina especial en Bs 6.96. Aunque estos precios siguen por debajo del costo real de importación, reflejan una tendencia hacia una mayor racionalización del gasto público. Sin subvención, el precio de la gasolina en Bolivia debería rondar entre Bs 11 y Bs 15 por litro, según estimaciones de expertos en hidrocarburos y analistas económicos, reflejando los precios internacionales y el costo real de importación y producción.
2.- Proyecto de Ley para restituir el 100% del crédito fiscal
Paradójicamente, pese a este ajuste, el Órgano Ejecutivo presentó un proyecto de ley para abrogar el artículo 18 de la Ley Nº 1356, lo cual podría abrir la puerta a la restitución del 100% del crédito fiscal. Sin embargo, como la subvención no ha sido eliminada del todo y se prevé su vigencia hasta junio de 2026, esta abrogación luce contradictoria y quizás imposible durante toda la gestión fiscal a la luz del PGE 2026 que estará vigente hasta el 31 de diciembre. Este trabajo legislativo no basta con derogar del artículo 18, sino también las leyes 317, 2042 y cualquier otra disposición reglamentaria que respalde el límite del 70%.
La medida del levantamiento de las subvenciones y la restitución del derecho sobre el 100% del crédito fiscal busca estabilizar las finanzas públicas, reducir el contrabando y acercar los precios internos a los internacionales. No obstante, también genera tensiones por su posible impacto inflacionario y por la carga fiscal que puede trasladarse a los consumidores.
En conclusión, el límite del 70% al crédito fiscal en compras de carburantes es mucho más que una simple cifra y se constituye en una herramienta de política económica, y ante todo una línea coherente de política tributaria. Su mantenimiento o eliminación dependerá de cómo el gobierno logre equilibrar la necesidad de ingresos tributarios, la sostenibilidad del subsidio y el impacto en la economía real. Por ahora, todo indica que seguirá vigente mientras persista alguna forma de subvención, por muy mínima que sea durante toda la gestión fiscal 2026.
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