Funcionamiento de la oficina virtual (RND 10-0004-10)

RESOLUCIร“N NORMATIVA DE DIRECTORIO Nยบ 10-0004-10

FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA VIRTUAL Y PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIร“N DE DECLARACIONES JURADAS SIN DATOS A TRAVร‰S DE LA OFICINA VIRTUAL O ALTERNATIVAMENTE VรA Tร‰LEFONO CELULAR UTILIZANDO EL SISTEMA DE MENSAJES CORTOS – SMS

La Paz, 26 de Marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que el Artรญculo 3 de la Ley Nยบ 2166 de 22 de diciembre de 2000, del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), establece que es funciรณn del SIN facilitar el cumplimiento voluntario, veraz y oportuno de las obligaciones tributarias.0

Que el Artรญculo 79 de la Ley Nยบ 2492 de 2 de agosto de 2003, Cรณdigo Tributario Boliviano, faculta al SIN a utilizar cualquier medio tecnolรณgicamente disponible en el paรญs, incluidos los informรกticos, electrรณnicos, รณpticos o de cualquier otra tecnologรญa para facturaciรณn, presentaciรณn de declaraciones juradas y toda otra informaciรณn de importancia fiscal.

Que el Artรญculo 7 del Decreto Supremo Nยบ 27310 de 9 de enero de 2004, dispone que las operaciones electrรณnicas realizadas y registradas en el sistema informรกtico de la Administraciรณn Tributaria por un Usuario autorizado surten efectos jurรญdicos y tiene validez probatoria; presumiรฉndose que toda operaciรณn electrรณnica registrada en el sistema informรกtico pertenece al Usuario autorizado.

Que en el marco del proceso de modernizaciรณn que lleva adelante el SIN y a fin de facilitar al sujeto pasivo o tercero responsable el cumplimento de obligaciones tributarias, ahorrando en costos y tiempo, es necesario habilitar un servicio en el Sitio Web del SIN donde los contribuyentes realizarรกn diferentes trรกmites, consultas tributarias e implementar el proceso de recepciรณn de declaraciones juradas sin datos vรญa telรฉfono celular, utilizando el servicio de mensajes cortos o โ€œShort Message Serviceโ€ (SMS).

Que de acuerdo al inciso p) del Artรญculo 19 del Decreto Supremo No. 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio, en ese sentido, el inciso a) del numeral 1. de la Resoluciรณn Administrativa de Directorio No. 09 -0011 – 02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto asรญ lo imponga, para su posterior homologaciรณn.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la instituciรณn, en uso de las facultades conferidas por el Artรญculo 64 de la Ley No. 2492 de 2 de agosto de 2003, Cรณdigo Tributario Boliviano, inciso p) del Artรญculo 19 del Decreto Supremo No. 26462 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del numeral 1. de la Resoluciรณn Administrativa de Directorio No. 09 – 0011 – 02 de 28 de agosto de 2002.

RESUELVE:

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artรญculo 1. (Objeto)

Reglamentar el procedimiento para la presentaciรณn de declaraciones juradas sin datos, a travรฉs del servicio habilitado en el sitio web denominado โ€œOficina Virtualโ€ o alternativamente utilizando el servicio de SMS, asรญ como establecer el funcionamiento de la Oficina Virtual para los sujetos pasivos y/o terceros responsables.

Artรญculo 2. (Alcance)

El uso de la Oficina Virtual es obligatorio para todos los sujetos pasivos y/o tercero responsable del Rรฉgimen General, categorizados como usuarios Newton o no, que deban presentar declaraciones juradas originales sin datos, pudiendo hacer uso alternativo del servicio SMS, vรญa telรฉfono celular; para la presentaciรณn del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y/o Impuesto a las Transacciones (IT), salvo aquellos que sean usuarios Newton.

Artรญculo 3. (Definiciones)

A efectos de la presente Resoluciรณn Normativa de Directorio, se aplican las siguientes definiciones:

a) Cรณdigo de Tarjeta: Cรณdigo reflejado en la Tarjeta Galileo que posibilita el acceso a la Oficina Virtual, junto con el PIN, con el siguiente formato: ZZZZ – XXXX – YYYY (12 caracteres alfanumรฉricos separados por un guiรณn cada cuatro caracteres).

b) Declaraciones Juradas sin datos: Formulario que solo consigne datos de cabecera (Nombre o Razรณn Social, NIT, periodo fiscal, carรกcter de declaraciรณn jurada).

c) Franja de seguridad: Espacio de la Tarjeta Galileo que contiene el Nรบmero PIN tapado.

d) Identificador: Cรณdigo alfanumรฉrico generado por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), que se encuentra conformado por la palabra (mayรบscula o minรบscula indistintamente) proporcionada por el contribuyente y el nรบmero otorgado por el SIN.

e) Nรบmero consecutivo (uso exclusivo del SIN): Nรบmero para control interno de la correlatividad y existencia de Tarjetas.

f) Nรบmero PIN: Nรบmero aleatorio (8 dรญgitos) cubierto con la franja de seguridad en la Tarjeta Galileo que posibilita el acceso a la Oficina Virtual, junto con el Cรณdigo de Tarjeta.

g) Nรบmero de Transacciรณn: Asignado por el Sistema del SIN equivalente al Nรบmero de Orden de la declaraciรณn jurada presentada vรญa telรฉfono celular utilizando el servicio de SMS.

h) Oficina Virtual: Es un servicio en el Sitio Web del SIN, a travรฉs del cual el contribuyente puede realizar trรกmites y consultas tributarias

i) Telรฉfono Celular: Dispositivo de comunicaciรณn a travรฉs del cual se envรญan SMS.

j) Tarjeta Newton: Credencial de acreditaciรณn que poseen los usuarios del Portal Tributario Newton.

k) Tarjeta Masi: Credencial de acreditaciรณn que posibilita el acceso seguro de los contribuyentes a la Ofi cina Virtual del SIN, a travรฉs de Internet.

El inciso k fue sustituido por el artรญculo 6 de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10-0023-10.

l) Usuario Administrador: Sujeto pasivo y/o tercero responsable (Representante legal) que tiene acceso ilimitado a todas las opciones de la Oficina Virtual y tiene la posibilidad de determinar los accesos de sus Usuarios.

m) Usuario Autorizado: Persona autorizada por el โ€œUsuario Administradorโ€ para acceder a determinadas opciones de la Oficina Virtual.

n) Usuario SMS: Sujeto pasivo o tercero responsable con identificador registrado en el Sistema del SIN.

CAPITULO II

ENTREGA, PERSONALIZACIร“N, ACTIVACIร“N, REPOSICIร“N, REGISTRO DE IDENTIFICADOR Y RESPONSABILIDAD DE USO DE LA TARJETA GALILEO Y DEL IDENTIFICADOR

Artรญculo 4. (Entrega)

I. A efectos de recepciรณn la Tarjeta Galileo, el sujeto pasivo o tercero responsable (representante legal o persona con poder especรญfico) debe apersonarse a la Gerencia Distrital o GRACO o Agencia Local Tributaria de su jurisdicciรณn donde se encuentra inscrito portando original y fotocopia simple de su documento de identificaciรณn y poder, cuando corresponda.

II. A los nuevos contribuyentes que se inscriban al Padrรณn del SIN, se harรก entrega de oficio de la Tarjeta Galileo. Para aquellos contribuyentes que ya cuenten con NIT registrado en sistema, la entrega de la Tarjeta Galileo serรก a solicitud verbal del sujeto pasivo o tercero responsable (representante legal o persona con poder especรญfico).

Artรญculo 5. (Personalizaciรณn)

A efectos de ejecutar el ingreso a la Oficina Virtual, el funcionario responsable registrarรก en el Padrรณn de Contribuyentes el โ€œcรณdigo de Tarjetaโ€ impreso en la Tarjeta Galileo entregada al contribuyente, y la asociarรก al NIT del contribuyente.

Artรญculo 6. (Activaciรณn)

I. El sujeto pasivo o tercero responsable, debe raspar la franja de seguridad de su Tarjeta Galileo para obtener su nรบmero PIN.

II. Posteriormente debe ingresar al Sitio Web del SIN (www.impuestos.gov.bo), enlace โ€œOficin@ Virtualโ€ y registrar su NIT, Cรณdigo de Tarjeta y Nรบmero PIN, asignando automรกticamente la categorรญa de โ€œUsuario Administradorโ€, permitiendo que determine su Usuario y contraseรฑa.

III. El โ€œUsuario Administradorโ€ determina el acceso de nuevos Usuarios, restringiendo las opciones de trรกmites y/o consultas, de acuerdo a su criterio, estableciendo el Usuario y la contraseรฑa.

Artรญculo 7.- Derogado.

El artรญculo 7 fue derogado por la disposiciรณn final cuarta de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10-0009-11.

Artรญculo 8. (Registro de identificador)

A efectos de obtener su identificador para el envรญo de declaraciones juradas vรญa SMS, el sujeto pasivo o tercero responsable (representante legal o persona con poder especรญfico) debe apersonarse a la Gerencia Distrital o GRACO o Agencia Local Tributaria de su jurisdicciรณn donde se encuentra inscrito portando original y fotocopia simple de su documento de identificaciรณn y poder, cuando corresponda.

Artรญculo 9. (Responsabilidad de uso de la Tarjeta Galileo y del Identificador)

I. A efectos de garantizar tรฉcnica y jurรญdicamente la identidad del contribuyente que accede al sitio web โ€œOficina Virtualโ€ de manera confidencial, encriptada y segura para realizar trรกmites y consultas tributarias, asรญ como el envรญo de declaraciones juradas vรญa SMS, se establece que la responsabilidad derivada de la falta de cuidado, de la indebida reserva, del mal uso o del uso por terceros autorizados o no, mediante mandato del contribuyente, ocasionando o no perjuicios directos o indirectos o de cualquier especie, es exclusivamente del sujeto pasivo o tercero responsable (representante legal).

II. Toda consulta, presentaciรณn de declaraciones juradas o envรญo de informaciรณn, se presume y entiende realizada por el sujeto pasivo y/o tercero responsable, sin que pueda imputarse responsabilidad al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) por un eventual acceso indebido por parte de terceros no autorizados al efecto.

CAPITULO III

FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA VIRTUAL

Artรญculo 10. (Servicios habilitados)

I. Los servicios habilitados en la Oficina Virtual estarรกn en funciรณn a su categorรญa actual de Usuario Newton o no Newton.

II. El contribuyente Newton con Tarjeta Galileo, que ingresa a la Oficina Virtual, tendrรก las opciones actualmente habilitadas en el Portal Tributario Newton, asรญ como las nuevas opciones para realizar trรกmites y consultas tributarias.

III. El contribuyente No Newton con Tarjeta Galileo, que ingresa a la Oficina Virtual, tendrรก habilitadas las nuevas opciones para realizar trรกmites y consultas tributarias.

IV. El contribuyente Newton sin Tarjeta Galileo, que ingresa a la Oficina Virtual, tendrรก habilitadas รบnicamente las opciones que actualmente ofrece el Portal Tributario Newton.

Artรญculo 11. (Vigencia de la Tarjeta)

Los accesos otorgados al sujeto pasivo o tercero responsable (representante legal o persona con poder especรญfico), tendrรกn validez independiente del estado del NIT (Activo o Inactivo).

CAPITULO IV

PRESENTACIร“N DE DECLARACIONES JURADAS

Artรญculo 12. (Declaraciones Juradas originales sin datos vรญa Oficina Virtual)

El Usuario Administrador o Autorizado puede ingresar a รฉsta opciรณn desde la Oficina Virtual, donde elegirรก las obligaciones tributarias a las cuales se encuentra sujeto, seleccionando el impuesto(s), formulario(s) y periodo(s) fiscal(es) que se encuentre(n) sin datos. Confirmada la transacciรณn, el sistema generarรก un cรณdigo de verificaciรณn por cada una de las declaraciones juradas presentadas.

Artรญculo 13. (Declaraciones Juradas originales sin datos vรญa SMS)

El Usuario SMS podrรก presentar sus declaraciones juradas, a partir del dรญa hรกbil siguiente al registro de su identificador, considerando lo siguiente:

1. Deberรก enviar desde cualquier telรฉfono celular, el SMS al nรบmero 2746 (dos, siete, cuatro, seis), con el siguiente formato:

00YYY000XXXX0000

Donde:

00, corresponde a la gestiรณn.

YYY, corresponde a las tres primeras letras del nombre del mes (perรญodo fiscal) a declarar.

000, corresponde al nรบmero de formulario del impuesto a declarar.

XXXX0000, corresponde al Identificador.

Ej.: 09ENE200COCO1234

2. Enviado el SMS, como constancia de recepciรณn el contribuyente recibirรก el SMS de confirmaciรณn que contendrรก el โ€œNรบmero de Transacciรณnโ€, Nรบmero de Formulario e Identificador.

Artรญculo 14. (Validez Legal)

De acuerdo a lo establecido en los Artรญculos 78 y 79 del Cรณdigo Tributario Boliviano, Artรญculo 7 del Decreto Supremo Nยบ 27310 de 9 de enero de 2004 y Artรญculo 7 del Decreto Supremo Nยบ 24603 de 6 de mayo de 1997, las declaraciones juradas presentadas por el Usuario Administrador, el Usuario Autorizado o el Usuario SMS surten efectos jurรญdicos y gozan de plena validez probatoria.

CAPITULO V

PRESENTACIร“N DE INFORMACIร“N DA VINCI A TRAVร‰S DE LA OFICINA VIRTUAL

Artรญculo 15. (Software Da Vinci – LCV)

I. A partir del mes siguiente a la fecha de publicaciรณn de la presente Resoluciรณn, todos los contribuyentes categorizados como Newton y las entidades y empresas pรบblicas tienen la obligaciรณn de presentar la informaciรณn del Libro de Compras y Ventas IVA a travรฉs del mรณdulo Da Vinci LCV de la Oficina Virtual, para lo cual deberรกn obtener su Tarjeta Galileo, en el plazo, forma y condiciones dispuestas en la presente RND, para efectuar el envรญo de la informaciรณn.

II. La obligaciรณn previamente establecida no requerirรก ser cumplida por los sujetos pasivos del RC-IVA, aquellos que pertenezcan a regรญmenes especiales (STI, RTS y RAU), las personas naturales o sucesiones indivisas que tengan como รบnica actividad el alquiler de bienes inmuebles, y quienes realicen espectรกculos pรบblicos eventuales.

III. A partir del mes siguiente a la fecha de publicaciรณn de la presente Resoluciรณn, los contribuyentes no Newton cuyo NIT se encuentre consignado en el Anexo de la RND Nยบ 10-0047-05 quedan liberados del deber formal de presentar el Libro de Compras y Ventas IVA a travรฉs del mรณdulo Da Vinci LCV. Se mantiene la vigencia de la RND Nยบ 10-0047-05 en todos sus aspectos procedimentales.

IV. Los contribuyentes obligados a la presentaciรณn de la informaciรณn del Libro de Compras y Ventas IVA a travรฉs del mรณdulo Da Vinci LCV, que no sean sujetos pasivos del IVA deberรกn informar de igual forma a travรฉs del citado mรณdulo sus compras respaldadas con facturas.

V. A partir del mes siguiente a la categorizaciรณn o incorporaciรณn voluntaria como contribuyente Newton, el contribuyente tiene la obligaciรณn de presentar el Libro de Compras y Ventas IVA a travรฉs del mรณdulo Da Vinci LCV de la Oficina Virtual.

Artรญculo 16. (Software Da Vinci – Otra informaciรณn)

Los contribuyentes obligados a la presentaciรณn de otro tipo de informaciรณn a travรฉs del Software Da Vinci (IATA, RC-IVA, Energรญa Elรฉctrica, Tarjetas de Crรฉdito, Bebidas Refrescantes, y otros) deberรกn obtener su Tarjeta Galileo en el plazo, forma y condiciones dispuestas en la presente RND para continuar presentando dicha informaciรณn.

CAPITULO VI

DISPOSICIร“N TRANSITORIA

Primera. (Periodo de transiciรณn)

I. Las credenciales de autenticaciรณn otorgadas a los sujetos pasivos o terceros responsables identificados como Usuarios Newton, podrรกn ser utilizados para acceder a la Oficina Virtual hasta el 31 de diciembre de 2010, salvo obtengan su Tarjeta Galileo, en cuyo caso quedarรกn deshabilitadas las primeras credenciales.

El plazo establecido en la disposiciรณn transitoria primera fue ampliado por el artรญculo รบnico de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10-0028-11-

Nota de Impuestos de Bolivia

II. Aquellos sujetos pasivos o terceros responsables que accedan a la Oficina Virtual con sus credenciales de autenticaciรณn, otorgadas como Usuarios Newton, solo tendrรกn acceso a las opciones actualmente habilitadas.

III. Concluido el plazo anteriormente establecido, todos los sujetos pasivos o terceros responsables del Rรฉgimen General deberรกn contar con Tarjeta Galileo personalizada y cumplir con lo dispuesto en la presente Resoluciรณn.

Segunda. (Vigencia) La presente Resoluciรณn Normativa de Directorio entrarรก en vigencia, en lo que respecta al funcionamiento de la Oficina Virtual, a partir del 21 de abril de 2010.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Derogada.

La disposiciรณn final primera fue derogada por la disposiciรณn final รบnica de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10-0021-10.

Nota de Impuestos de Bolivia

Segunda. (Categorizaciรณn de contribuyentes Newton) Se mantiene los procedimientos existentes en la RND Nยบ 10-0033-04 de 17 de diciembre de 2004 y RND Nยบ 10-0030-07 de 31 de octubre de 2007.

Tercera. (Derogatoria) I. Se deroga la Disposiciรณn Final Primera de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10 – 0040 -05 de 25 de noviembre de 2005.

II. Se deroga el Anexo de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10 – 0047 – 05 de 14 de diciembre de 2005.

III. Se deroga el Artรญculo 4 de la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10 – 0032 – 07 de 31 de octubre de 2007.

IV. Se deroga la Resoluciรณn Normativa de Directorio Nยบ 10 – 0015 – 09 de 9 de octubre de 2009.

Regรญstrese, hรกgase saber y archรญvese.

Servicio de Impuestos Nacionales

Para obtener un detalle completo y preciso de cada normativa, se recomienda consultar directamente los textos oficiales, disponibles en la plataforma RND 2026 autorizada por el SIN.



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