Semana 17 de 2026 – 19 al 25 de abril
¿Prescripción de 4 u 8 años?
El Ministro de Economía y Finanzas Públicas sostuvo que la reducción del plazo de prescripción a 4 años no tiene carácter retroactivo y que las deudas anteriores seguirán bajo el régimen de 8 años. Sin embargo, esta postura contradice el Artículo 150 del Código Tributario, el cual establece que los plazos más breves deben aplicarse de forma retroactiva cuando beneficien al contribuyente.

La Condonación en el Proyecto de Alivio Tributario
De acuerdo con el proyecto de ley Nº 246/2024, aprobado a detalle en la Cámara de Diputados el pasado 23 de abril, se establece una condonación extraordinaria y por única vez para los contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y la Aduana Nacional (AN) y se aplica en los siguientes casos y bajo condiciones específicas:
- Límite de monto: Esta condonación no aplica si el tributo omitido acumulado al 31 de diciembre de 2017 es igual o mayor a Bs 10.000.000 (Diez millones de bolivianos)
- Periodos fiscales: Debe tratarse de deudas correspondientes a periodos anteriores a enero de 2018.
- Alcance: Incluye la deuda tributaria y las multas por delitos y contravenciones tanto tributarias como aduaneras.
- Estado de la deuda: La medida alcanza a deudas en resoluciones administrativas o judiciales, incluso aquellas en proceso de impugnación, ejecución tributaria o cobranza coactiva, siempre que no se haya llegado al remate o disposición de bienes.
Noticias de la Semana
Fe de erratas y confusión en el IUE
Fuente: Visión 360
Contribuyentes y auditores cuestionaron al SIN por los errores en la prórroga del IUE y la presentación de estados financieros. La RND 102600000014 habría fijado el 29 de mayo de 2026 como plazo para el pago del IUE, pero luego el SIN corrigió esa fecha mediante una fe de erratas, señalando que correspondía el 4 de mayo. El caso revela un problema de seguridad jurídica ya que una corrección formal no debería alterar aspectos sustanciales de una obligación tributaria ni generar incertidumbre en los contribuyentes.
Potosí decomisa placas por radicatoria
Fuente: El Potosí
La Alcaldía de Potosí inició operativos para decomisar placas de vehículos con radicatoria en otros departamentos. La medida busca ordenar el registro vehicular y proteger la recaudación municipal del impuesto a la propiedad de vehículos automotores. Según el RUAT, la ciudad tiene cerca de 68.900 vehículos registrados, pero alrededor de 5.000 motorizados circularían en Potosí pagando tributos en otras jurisdicciones. El caso muestra la importancia tributaria de la radicatoria y del control municipal sobre su base tributaria.
Proponen nuevo Código Tributario
Fuente: Red Uno
El abogado Henry Pérez Oxa anunció la presentación de un proyecto de nuevo Código Tributario ante la Asamblea Legislativa. La propuesta busca modernizar el sistema vigente, reducir la inseguridad jurídica y consolidar procedimientos tributarios dispersos en una sola norma. El planteamiento parte de un diagnóstico crítico sobre la arbitrariedad, la desigualdad entre administración y contribuyente, y los constantes cambios normativos. La iniciativa abre un debate relevante sobre la necesidad de reglas claras, equilibrio procesal y una reforma integral del sistema tributario boliviano.
Deudas tributarias superan Bs 60.000 millones
Fuente: EJU
El ministro de Economía y Finanzas Públicas informó que las deudas tributarias no cobradas por el Estado superan los Bs 60.000 millones. El proyecto de Ley 246/2026 de alivio tributario plantea condonar más de Bs 6.000 millones correspondientes a deudas anteriores a 2017, siempre que el tributo omitido acumulado no llegue a Bs 10 millones. La medida busca reincorporar a más de 52.000 contribuyentes al sistema formal y recuperar parte de los Bs 54.000 millones restantes mediante una estrategia de cobranza más realista.
Urge cambiar el sistema impositivo
Fuente: La Patria 3.0
El columnista Ronald Nostas plantea que Bolivia necesita transformar su sistema impositivo, vigente en su estructura central desde la Ley 843 y el Código Tributario. El artículo señala que solo 500.000 contribuyentes están inscritos y que los PRICOS y GRACOS sostienen gran parte de la recaudación. También cuestiona la carga administrativa, la dispersión de tributos y la emisión constante de normas reglamentarias. La propuesta apunta a simplificar impuestos, ampliar la base tributaria, reducir costos de cumplimiento y crear incentivos reales para la formalización.
ANALISIS: Cuando una corrección administrativa pone en riesgo la seguridad jurídica tributaria
La reciente fe de erratas del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), que modificó sustancialmente el plazo de vencimiento para obligaciones tributarias del IUE, ha generado fuertes cuestionamientos legales. Más que corregir un simple error material, esta actuación podría vulnerar principios fundamentales como la seguridad jurídica, exceder facultades administrativas y contradecir normas de jerarquía superior.


CASO: ¿Puede condonarse una multa tributaria si la sanción fue determinada después del plazo legal?
El Tribunal Supremo de Justicia estableció que las multas por incumplimiento de deberes formales solo pueden acogerse a la condonación prevista en el régimen transitorio del Código Tributario Boliviano si estaban establecidas o en proceso hasta el 31 de diciembre de 2003. Aunque la infracción hubiera ocurrido antes, una fiscalización y sanción posterior excluyen este beneficio, consolidando un criterio clave sobre seguridad jurídica y límites temporales en materia tributaria.
REGULARIZACIÓN DE ADEUDOS
El proyecto de ley de Alivio Tributario establece que para deudas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2025, no existe una condonación total automática del tributo. En estos casos se aplica la regularización, que requiere el pago del 100% del tributo omitido (con una reducción del mantenimiento de valor al 50% si es al contado) para obtener la condonación de intereses y multas.
Los contribuyentes pueden elegir entre dos formas de regularizar su situación dentro de los 120 días calendario de vigencia de la ley:
- Pago al contado: Permite pagar el tributo omitido con una reducción del 50% en el mantenimiento de valor. En este caso, se condona el 50% restante del mantenimiento de valor, además de la totalidad de los intereses y las multas.
- Facilidades de pago: Se puede optar por un plan de hasta 24 cuotas mensuales. Bajo esta modalidad, se mantiene la condonación total de intereses y multas por defraudación, omisión de pago e incumplimiento de deberes formales.

