DECRETO SUPREMO Nº 21532
REGLAMENTO DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES
VIGENCIA
ARTÍCULO 13.- El Impuesto a las Transacciones, según lo dispuesto en la Ley Nº 843 entrará en vigencia el primer día del mes subsiguiente a la publicación de este Decreto Supremo en la Gaceta Oficial de Bolivia.