Sujeto pasivo del IJ

DECRETO SUPREMO Nº 782 DE 2 DE FEBRERO DE 2011

REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL DE LA Ley Nº 060 DE JUEGOS DE LOTERÍA Y DE AZAR DEL TÍTULO IV “RÉGIMEN TRIBUTARIO”

Artículo 4º.- (Sujeto pasivo del IJ) Son sujetos pasivos del impuesto de acuerdo al Artículo 36 de la Ley Nº 060:

1. Las personas que organicen, realicen o exploten las actividades de juegos de azar y sorteos en cualquiera de sus modalidades.

2. Las personas naturales y las personas jurídicas privadas o públicas que realicen directamente o a través de terceros, promociones de venta de bienes y/o servicios mediante la entrega de premios de cualquier naturaleza por sorteos, azar o cualquier otro medio de acceso al premio, incluidas las ventas con premios de disponibilidad limitada.

El inciso 4 del artículo 4 fue modificado por el artículo 3.III del Decreto Supremo Nº 2600 de 18 de noviembre de 2015.

Nota de impuestos.com.bo

Este texto está protegido y sólo se presenta para consulta en pantalla.