CAPÍTULO VIII
SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Artículo 54 (Servicios de la Administración Tributaria).-
La Administración Tributaria facilitará a los contribuyentes y población en general, información relacionada a los Documentos Fiscales emitidos por los Sujetos Pasivos del IVA, a través del SIAT en su versión WEB y versión móvil.
Los servicios principales que se pondrán a disposición son:
a) Consulta de las Facturas o Notas Fiscales emitidas, anuladas u observadas con su NIT o Documento de Identidad;
b) Alertas relacionadas a la emisión o anulación de Facturas en Línea con su NIT o su Documento de Identidad;
c) Otros que la Administración Tributaria ponga a disposición.
Artículo 55 (Uso de los Servicios).- Los usuarios de los servicios de la Administración Tributaria deberán ingresar a la opción SIAT de la página web www.impuestos.gob.bo o descargar la misma de las tiendas de servicios digitales Play Store o Apple Store. El procedimiento de consulta y uso de credenciales de acceso estarán contemplados en la Guía de Usuario disponible en la citada página.
Artículo 56 (Seguridad de la Información).- La Administración Tributaria establecerá los mecanismos técnicos que garanticen la confidencialidad de la información almacenada en su base de datos, es responsabilidad del usuario de los servicios de la Administración Tributaria administrar correctamente sus credenciales.