RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 101800000030
ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO A LAS SALIDAS AÉREAS AL EXTERIOR (ISAE) PARA LA GESTIÓN 2020
La Paz, 19 de diciembre de 2018
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria, conforme a este Código y leyes especiales, podrá dictar normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que el Artículo 106 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente) crea el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE), aplicable a toda salida al exterior del país por vía aérea, de personas naturales residentes en Bolivia, con excepción de los diplomáticos, personas con este status y miembros de las delegaciones deportivas que cumplan actividades en representación oficial del país.
Que el Artículo 2 de la Ley Nº 2047 de 28 de enero de 2000, sustituye el segundo párrafo del Artículo 106 de la Ley Nº 843, estableciendo que dicho impuesto será de Bs120.- (Ciento veinte 00/100 Bolivianos) por cada salida aérea al exterior, monto que será actualizado a partir del 1 de enero de cada año por el Servicio de Impuestos Nacionales, de acuerdo a la variación del tipo de cambio de la variación de las Unidades de Fomento de Vivienda – UFV con relación al Boliviano.
Que el Artículo 2 de la Ley Nº 2434 de 21 de diciembre de 2002, dispone que las alícuotas, valores, montos, patentes, tasas y contribuciones especiales establecidas en las leyes, se actualizarán respecto a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), publicada por el Banco Central de Bolivia.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000023 de 26 de diciembre de 2017, el Servicio de Impuestos Nacionales, actualizó el monto del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) para la gestión 2019 en Bs348.- (Trescientos cuarenta y ocho 00/100 Bolivianos).
Que debido a que las líneas aéreas, personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de transporte aéreo al exterior, así como los sujetos pasivos alcanzados, necesitan contar con información actualizada y anticipada del monto a pagar de este impuesto, a fin de evitar el pago de reintegros, se hace necesario actualizar para la Gestión 2020 el importe del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE), considerando los parámetros de actualización previstos en la normativa legal precitada.
Que conforme al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- Actualizar el monto del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) para la Gestión 2020 en Bs356.- (Trescientos cincuenta y seis 00/100 Bolivianos).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Lic. V. Mario Cazón Morales
Servicio de Impuestos Nacionales