RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102000000005
PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA FACILIDADES DE PAGO
La Paz, 31 de enero de 2020
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria.
Que el Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, faculta a la Administración Tributaria a disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de los tributos.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000004 de 10 de enero de 2020, la Administración Tributaria prorrogó hasta el 31 de enero de 2020, el plazo para el pago de Facilidades de Pago con vencimiento en los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2019, en virtud a casos de fuerza mayor que imposibilitaron el cumplimiento de esta obligación por parte de los contribuyentes.
Que varios contribuyentes en virtud a dificultades de liquidez, han expuesto ante la Administración Tributaria un plazo adicional para cumplir con el pago de sus Facilidades de Pago, requiriendo la ampliación del plazo señalado en la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000004 así como del vencimiento del mes de enero de 2020.
Que conforme al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- Prorrogar impostergablemente hasta el 28 de febrero de 2020, el vencimiento para el pago de Facilidades de Pago fenecido en fecha 31 de enero de 2020.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Mario Nava Morales Carrasco
Servicio de Impuestos Nacionales