Prórroga para facilidades de pago (RND 20-04)

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102000000004

PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA FACILIDADES DE PAGO

La Paz, 10 de enero de 2020

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria.

Que el numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para conceder prórrogas.

Que el Parágrafo II del Artículo 12 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000001 de 16 de enero de 2018, Reglamento para Facilidades de Pago, establece las fechas de vencimiento hasta el último día hábil de cada mes para el pago de la segunda cuota mensual y siguientes en Facilidades de Pago que se encuentren en curso.

Que mediante RND Nº 101900000023 de 28 de noviembre de 2019, la Administración Tributaria prorrogó hasta el 10 de enero de 2020 el plazo para el pago de Facilidades de Pago con vencimiento en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019, en virtud a casos de fuerza mayor que imposibilitaron el cumplimiento de esta obligación por parte de los contribuyentes.

Que varios contribuyentes han expuesto ante la Administración Tributaria requerir un plazo adicional para cumplir con el pago de sus Facilidades de Pago.

Que conforme al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar hasta el 31 de enero de 2020 el vencimiento para el pago de Facilidades de Pago fenecido en fecha 10 de enero de 2020, conforme Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000023 de 28 de noviembre de 2019.

Regístrese, publíquese y cúmplase.


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