Código institucional y Código de Dirección Administrativa

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 101800000008

PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DEL CÓDIGO INSTITUCIONAL Y CÓDIGO DE DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA.

La Paz, 28 de marzo de 2018

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria, conforme a este Código y leyes especiales, podrá dictar normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.

Que conforme lo dispuesto en el numeral 7 del Artículo 66 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede disponer prórrogas.

Que el numeral 11 del Artículo 70 de la Ley N° 2492, establece que constituye obligación tributaria del Sujeto Pasivo cumplir las obligaciones previstas en este Código, Leyes Tributarias Especiales y las que defina la Administración Tributaria con carácter general.

Que el tercer párrafo del Artículo 25 del Decreto Supremo N° 27149 de 4 de agosto de 2003, autoriza al Servicio de Impuestos Nacionales a dictar Resoluciones Administrativas de carácter general para establecer el alcance, vigencia, acreditación, presentación de Declaraciones Juradas y/o Boletas de Pago, mantenimiento y depuración del Padrón Nacional de Contribuyentes.

Que es necesario ampliar el plazo para la presentación y registro del Código Institucional y Código de Dirección Administrativa (en caso de Entidades Desconcentradas) establecido en la Disposición Transitoria de la Resolución Normativa de Directorio N° 101700000022 de 17 de noviembre de 2017, para los Órganos del Estado Plurinacional de Bolivia, Instituciones de Control de Defensa de la Sociedad y Defensa del Estado, Instituciones Descentralizadas, Universidades Públicas, Instituciones de Seguridad Social, Empresas Públicas, Gobiernos Autónomos Departamentales, Regionales, Municipales e Indígena Originario Campesino, Banco Central de Bolivia, Instituciones Financieras Bancarias e Instituciones Financieras No Bancarias del Estado y sus Entidades Desconcentradas, a efecto del oportuno trámite de solicitud del Formulario de Identificación de Entidad Pública (FIEP) realizado ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para el posterior registro en el Servicio de Impuestos Nacionales.

Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26462 de 22 de diciembre de 2001 reglamento a la Ley N° 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar el plazo para la presentación y registro del Código Institucional y Código de Dirección Administrativa (en caso de Entidades Desconcentradas) en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD), hasta el 30 de mayo de 2018.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única.- Se sustituye el término «Sistema de Información y Gestión Pública» por el término «Sistema de Gestión Pública», en todo el contenido de la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, modificada por la Resolución Normativa de Directorio N° 101700000022 de 17 de noviembre de 2017.

DISPOSICIÓN FINAL Única.- La Presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

Servicio de Impuestos Nacionales

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