EEFF, Memorias e Información Tributaria Complementaria (Anexo B RND 1018-04)

b) REGLAMENTO PARA LA PREPARACION DE LA INFORMACION TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS O MEMORIA ANUAL

Los sujetos pasivos comprendidos en el parágrafo I y II del Artículo 4 de la presente Resolución Normativa de Directorio que aprueba este reglamento, deberán presentar la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros o Memoria Anual, que contendrá lo siguiente:

a) Anexo 1. Información sobre la determinación del Débito Fiscal IVA declarado.

b) Anexo 2. Información sobre la determinación del Crédito Fiscal IVA declarado.

c) Anexo 3. Información sobre la determinación del Crédito Fiscal IVA Proporcional (Aplicable sólo a empresas que presentan ingresos gravados y no gravados por el IVA).

d) Anexo 4. Información sobre la determinación del IT.

e) Anexo 5. Información de la compensación del IT con el IUE.

f) Anexo 6. Información relacionada con el RC-IVA de Dependientes.

g) Anexo 7. Información sobre Ingresos y Gastos computables para la determinación del IUE.

h) Anexo 8. Detalle de Ingresos No Imponibles del IUE y otras regularizaciones.

i) Anexo 9. Detalle de Gastos No Deducibles del IUE.

j) Anexo 10. Información de pagos a beneficiarios del exterior (excepto actividades parcialmente realizadas en el país).

k) Anexo 11. Información sobre los saldos de las cuentas de los estados financieros relacionados con Impuestos.

I) Anexo 12. Información sobre el movimiento de inventarios de productos gravados con tasas específicas y porcentuales.

m) Anexo 13. Información sobre las ventas de productos gravados con tasas específicas.

n) Anexo 14. Información sobre las ventas de productos gravados con tasas porcentuales.

o) Anexo 15. Información de pagos a beneficiarios del exterior por actividades parcialmente realizadas en el país – Remesas efectuadas por compañías bolivianas.

Como Anexo a este Reglamento se incluyen modelos de formato de cada anexo con instrucciones para su preparación. Los contribuyentes obligados a presentar esta Información Tributaria Complementaria deberán presentar los 15 Anexos indicados anteriormente, marcando con la mención “NO APLICABLE” aquellos anexos que no fueran aplicables a su actividad.

Asimismo, no podrán modificar la descripción ni la codificación de las columnas definidas en los modelos de los Anexos, sin embargo, el contribuyente podrá insertar nuevas columnas de acuerdo a su requerimiento.

VER TODOS LOS ANEXOS 1 AL 15 EN EL PORTAL DEL S.I.N.


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