RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102200000002
PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS (RCV)
La Paz, 07 de enero de 2022
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que conforme lo dispuesto en el Parágrafo Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de tributos.
Que mediante RND N° 102100000011 de 11 de agosto de 2021, se dispuso el registro y/o confirmación de Documentos Fiscales a través del Registro de Compras y Ventas (RCV), empero habiéndose presentado intermitencias en el servicio del sistema y velando por el oportuno cumplimiento de obligaciones tributarias y permitir la adaptación al nuevo sistema, es necesario establecer una prórroga para el registro y/o confirmación de Documentos Fiscales a través del Registro de Compras y Ventas.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 2646 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de Aplicación de la Ley N° 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- I. Prorrogar hasta el día martes 25 de enero de 2022, el plazo de vencimiento para el registro y/o confirmación de Documentos Fiscales en el Registro de Compras y Ventas IVA, correspondiente a las operaciones realizadas en el periodo fiscal diciembre de 2021.
II. Prorrogar hasta el día lunes 31 de enero de 2022, el plazo dispuesto en el parágrafo I del Artículo 48 de la RND N° 102100000011 de 11 de agosto de 2021, para modificar la información reportada del periodo fiscal diciembre 2021, en el «Registro de Compras y Ventas».
Servicio de Impuestos Nacionales