RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102300000005
PRÓRROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN Y PAGO DEL FORMULARIO 510
La Paz, 31 de enero de 2023
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, otorga a la Administración Tributaria la facultad de dictar normas administrativas de carácter general que permitan la aplicación de la normativa tributaria, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que conforme a lo dispuesto en el Parágrafo III del Artículo 53 de la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de tributos.
Que el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 4850 de 28 de diciembre de 2022, establece que las personas naturales que ejercen profesiones u oficios en forma libre o independiente alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), realizarán el cierre de la gestión fiscal 2022 al 31 de diciembre de 2022, debiendo declarar y pagar este impuesto hasta el 31 de enero de 2023.
Que analizadas las solicitudes presentadas por Colegios de Profesionales del país en sentido de prorrogar el plazo para la declaración y pago del IUE dispuesto por el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 4850, se ve por necesario prorrogar el plazo para la declaración y pago del IUE Formulario 510 Contribuyentes que Ejercen Profesiones Liberales u Oficios correspondiente a la Gestión 2022 a efectos de garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los citados contribuyentes.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley N° 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- Prorrogar hasta el día viernes 17 de febrero de 2023, el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, correspondiente a la gestión con cierre al 31 de diciembre del 2022, de los contribuyentes que ejercen profesiones liberales u oficios que liquidan este impuesto mediante el Formulario 510.
Regístrese, publíquese y cúmplase.