Prórroga para el envío de información de constructores (RND 20-15)

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102000000015

PRÓRROGA PARA LA PREPARACIÓN Y ENVÍO DE INFORMACIÓN POR CONTRIBUYENTES QUE REALIZAN LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE BIENES INMUEBLES

La Paz, 9 de julio de 2020

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para conceder prórrogas.

Que mediante Resolución Normativa de Directorio N° 101800000036 de 21 de diciembre de 2018, «Reglamentación para la preparación y envío de información por contribuyentes que realizan la actividad de construcción de bienes inmuebles», el Servicio de Impuestos Nacionales reglamenta el procedimiento, forma, plazos y medios de envío de la información de la actividad de construcción de bienes inmuebles.

Que mediante Resolución Normativa de Directorio N° 102000000001 de 03 de enero de 2020, se prorrogó hasta el día 31 de julio de 2020, el plazo para el envío de la información requerida mediante Resolución Normativa de Directorio N° 101800000036 de 21 de diciembre de 2018, con vencimiento en los meses marzo a diciembre de 2019 y enero a junio de 2020.

Que en consideración a la situación actual que viene atravesando el Estado Plurinacional de Bolivia, a raíz de la pandemia del Coronavirus (COVID-19), se determinaron entre otras medidas para la prevención, contención contra el contagio y propagación del virus, la declaratoria de cuarentena total desde el 22 de marzo hasta el 29 de mayo de la presente gestión, así como la declaratoria de cuarentena dinámica que se encuentra en vigencia, tales situaciones afectaron la realización regular de las actividades del sector de la construcción en Bolivia, motivo por el cual se considera pertinente emitir la presente Resolución.

Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley N° 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar hasta el día 31 de diciembre de 2020, el plazo para el envío de la información requerida mediante Resolución Normativa de Directorio N° 101800000036 de 21 de diciembre de 2018, con vencimiento en los meses marzo a diciembre 2019 y enero a noviembre de 2020.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. – La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Mario Nava Morales Carrasco

Servicio de Impuestos Nacionales


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