Prórroga para entidades y empresas públicas (RND 1022-04)

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102200000004

PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

La Paz, 17 de marzo de 2022

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.

Que conforme lo dispuesto en el Parágrafo III del Artículo 53 y Numeral 7 del Artículo 66, ambos de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de tributos.

Que mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102000000029 de 27 de octubre de 2020, «Pago de Impuestos vía SIGEP/SIN», el Servicio de Impuestos Nacionales establece el procedimiento para el pago de obligaciones tributarias vía Sistema de Gestión Pública (SIGEP), por medio de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) con alcance sobre todas las Entidades Públicas y/o Empresas Públicas que tengan implementado el módulo de Pago Electrónico a través del SIGEP y presenten sus Declaraciones Juradas y/o Boletas de Pago a través de la Oficina Virtual.

Que debido a inconvenientes técnicos presentados en los sistemas informáticos: SIGEP, RUPE y MERCADO VIRTUAL del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, es necesario prorrogar el plazo para la declaración y pago de obligaciones tributarias de las Entidades Públicas y/o Empresas Públicas con terminación de NIT con el dígito 4, alcanzadas por la RND N° 102000000029.

Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley N° 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar hasta el día viernes 18 de marzo de 2022, el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de obligaciones tributarias del periodo fiscal febrero 2022, de las Entidades Públicas y/o Empresas Públicas alcanzadas por la RND N° 102000000029 de 27 de octubre de 2020, cuyo Número de Identificación Tributaria termine en el dígito 4.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Servicio de Impuestos Nacionales


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