RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-031-16
RÉGIMEN DE SANCIONES Y PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES TRIBUTARIAS
La Paz, 25 de noviembre de 2016
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, otorga a la Administración Tributaria la facultad de dictar normas administrativas de carácter general que permitan la aplicación de la normativa tributaria.
Que, los Artículos 70 y 66 de la citada Ley, respectivamente establecen las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos y facultan a la Administración Tributaria a sancionar ilícitos tributarios que no constituyan delitos.
Que, en aplicación de los Artículos 21 y 40 del Decreto Supremo Nº 27310 de 09 de enero de 2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria queda facultada para establecer las disposiciones, instrumentos y procedimientos necesarios para sancionar contravenciones tributarias.
Que, mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0032-15 de 25 de noviembre de 2015, Régimen Sancionatorio por Contravenciones Tributarias, se establecen los alcances, clasificación y detalle de las Contravenciones Tributarias, fijando las multas a aplicarse para cada una de las conductas contraventoras tipificadas.
Que, es necesaria la emisión de un nuevo régimen de sanciones tributarias, realizando una distinción en función a la gravedad de la infracción y su efecto en los procedimientos desarrollados por la Administración Tributaria.
Que, conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas.
RESUELVE:
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
SANCIONES POR CONTRAVENCIONES TRIBUTARIAS
CAPÍTULO III
CAPÍTULO IV
IMPOSICIÓN DE SANCIONES EN FORMA DIRECTA
DISPOSICIONES DEROGATORIAS Y ABROGATORIAS
DISPOSICIÓN FINAL
Única. La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Servicio de Impuestos Nacionales