RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102000000031
APLICACIÓN DEL SISTEMA «PAGO DE IMPUESTOS VÍA SIGEP/SIN»
La Paz, 13 de noviembre de 2020
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, otorga a la Administración Tributaria la facultad de dictar normas administrativas de carácter general que permitan la aplicación de la normativa tributaria.
Que el Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para conceder prórrogas.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102000000029 de 27 de octubre de 2020, «Pago de Impuestos vía SIGEP/SIN», el Servicio de Impuestos Nacionales establece el procedimiento para el pago de obligaciones tributarias vía Sistema de Gestión Pública (SIGEP), por medio de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
Que evaluado el Sistema «Pago de Impuestos vía SIGEP/SIN», se considera necesario otorgar un plazo mayor para su aplicación a objeto de coordinar ajustes técnicos y precautelar que el sistema permita el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los Sujetos Pasivos alcanzados por la RND Nº 102000000029.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo 1.- El Sistema «Pago de Impuestos vía SIGEP/SIN» para el pago electrónico de Declaraciones Juradas y/o Boletas de Pago, aprobado mediante RND Nº 102000000029 de 27 de octubre de 2020, deberá utilizarse a partir del 1 de febrero de 2021. El pago de las obligaciones tributarias de los periodos fiscales octubre, noviembre y diciembre de 2020, deberá realizarse a través del Sistema Histórico de Pago de Impuestos por SIGMA/SIGEP.
Artículo 2.- Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, la declaración y pago de obligaciones tributarias del periodo fiscal octubre 2020, de las Entidades Públicas y/o Empresas Públicas alcanzadas por la RND Nº 102000000029 de 27 de octubre de 2020.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Servicio de Impuestos Nacionales