Impuesto a las transacciones

OBJETO DEL IMPUESTO

Ingreso bruto devengado y obtenido por el ejercicio de cualquier actividad lucrativa o no, que incluye:

Comercio.

Industria.

Profesión.

Oficio.

Alquiler de bienes.

Obras y servicios.

Transferencia a título gratuito de bienes muebles, inmuebles y derechos.

Utilidad neta (Utilidad bruta menos gastos deducibles).

SUJETOS PASIVOS OBLIGADOS

Todas las personas naturales o jurídicas que realicen las actividades señaladas anteriormente. También las empresas públicas y privadas, sociedades con o sin personería jurídica, también se incluyen las empresas unipersonales.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS EXENTAS DEL PAGO

Trabajo personal en relación de dependencia.

Desempeño de cargos públicos.

Exportaciones.

Servicios prestados por el Estado Plurinacional, Gobiernos Autónomos Departamentales y Municipales.

Intereses de depósitos en cajas de ahorro, plazo fijo y cuenta corriente.

Establecimientos educacionales privados de enseñanza con plan oficial. -Venta de libros, diarios, publicaciones informativas, periodicos y revistas.

Actividades contempladas en la Ley de Mercado de Valores, así como la venta de cuotas de capital de sociedades de responsabilidad limitada.

Servicios prestados por Representaciones Diplomáticas.

Compra/venta de minerales, metales, petróleo y gas natural en el mercado interno, siempre que sea destinado a la exportación.

Transferencia de cartera.

Actividades culturales de artistas nacionales en escenarios estatales o municipales.

La cesión de bienes o activos sujetos a procesos de titularización a cargo de sociedades titularizadoras.

ALÍCUOTA

3% sobre el monto de la transacción.

DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO

Formulario 400 para transacciones habituales.

Formulario 410 retenciones.

Formulario 440 retenciones de agencias de viaje.

Formulario 430 para transferencias a título gratuito y venta de: inmuebles, motonaves, aeronaves, cuotas de capital y otros bienes (Sólo 1ra. venta o ventas posteriores de bienes registrables pertenecientes al activo del contribuyente).

Boleta de pago 1000 (sólo en caso de presentación fuera de plazo y con saldo a favor del Fisco

VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO

Formularios 400 y 410 el vencimiento de pago es mensual; y se efectúa en la fecha asignada según el último dígito del NIT

Formulario 430 10 días hábiles posteriores a la fecha (Declaratoria de Herederos, Minuta de de transferencia o anticipo de legítima).

CONSULTAR TODA LA NORMATIVA DEL I.T.


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