Impuesto a las salidas aéreas al exterior

OBJETO DEL IMPUESTO

Salidas al exterior vía aérea.

SUJETOS PASIVOS OBLIGADOS

Los bolivianos y extranjeros residentes en el país.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS EXENTAS DEL PAGO

Los diplomáticos o consulares con pasaportes Tipo “A”, visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Los miembros de las delegaciones deportivas que cumplan actividades en representación oficial del país en el exterior previa certificación del Viceministerio de Deportes.

La tripulación de los vuelos comerciales al exterior, debidamente autorizada.

ALÍCUOTA

La alícuota para el año 2019 es de Bs. 348.- A continuación se expone la evolución del monto del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) de las últimas ocho gestiones:

AÑO MONTO EN BS. Resolución Normativa de Directorio Nº
2020 356.- 101800000030
2019 348.- 101700000023
2018 338.- 10-0039-16
2017 327.- 10-0034-15
2016 314.- 10-0034-14
2015 296.- 10-0047-13
2014 281.- 10-0047-13
2013 266.- 10-0034-12

Normativa Administrativa

Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000030 de 19 de diciembre de 2018, de  actualización del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) para la gestión 2020.

DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO

Formulario Adhesivo o sticker valorado

VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO

Cada vez que se viaje al exterior vía aérea.

CONSULTAR TODA LA NORMATIVA DEL I.S.A.E.


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