5.1 No presentar información en el plazo, forma y lugares establecidos en normativa específica para los agentes de información, excepto aquellos denominados Proveedores o Comitentes según normativa específica.
Importe de la sanción para personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas: | 750 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información hasta los veinte (20) días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador. |
Modificado por el artículo 1 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000015.
Importe de la sanción para personas jurídicas: | 1.500 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información hasta los veinte (20) días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador. |
5.2 Presentar información fuera del plazo establecido en normativa específica para los agentes de información, excepto aquellos denominados Proveedores o Comitentes según normativa específica.
Modificado por el artículo 1 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000015.
Importe de la sanción para personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas: | 100 UFV |
Importe de la sanción para personas jurídicas: | 200 UFV |
5.3 No enviar información en la forma y plazos establecidos en normativa específica para los agentes de información denominados Proveedores o Comitentes (Personas naturales o jurídicas que comercializan bienes y/o servicios a través de comisionistas o consignatarios o que realizan ventas a contribuyentes del RTS o a personas naturales, de acuerdo a normativa específica).
Incorporado por el artículo 2.II de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000015.
Importe de la sanción para personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas: | 2.500 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información hasta los veinte (20) días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador. |
Importe de la sanción para personas jurídicas: | 5.000 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información hasta los veinte (20) días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador. |
5.4 Enviar (Presentar) parcialmente información en la forma y plazos establecidos en normativa específica para los agentes de información, denominados Proveedores o Comitentes (Personas naturales o jurídicas que comercializan bienes y/o servicios a través de comisionistas o consignatarios o que realizan ventas a contribuyentes del RTS o a personas naturales, de acuerdo a normativa específica).
Incorporado por el artículo 2.II de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000015.
Importe de la sanción para personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas: | 1.000 UFV |
Importe de la sanción para personas jurídicas: | 2.000 UFV |
5.5 Enviar (Presentar) total o parcialmente información fuera del plazo establecido en normativa específica para los agentes de información, denominados Proveedores o Comitentes (Personas naturales o jurídicas que comercializan bienes y/o servicios a través de comisionistas o consignatarios o que realizan ventas a contribuyentes del RTS o a personas naturales, de acuerdo a normativa específica).
Incorporado por el artículo 2.II de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000015.
Importe de la sanción para personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas: | 1.100 UFV |
Importe de la sanción para personas jurídicas: | 2.100 UFV |
5.6 Envío (presentación) de información rectificada fuera del plazo establecido en normativa específica para los agentes de información, denominados Proveedores o Comitentes (Personas naturales o jurídicas que comercializan bienes y/o servicios a través de comisionistas o consignatarios o que realizan ventas a contribuyentes del RTS o a personas naturales, de acuerdo a normativa específica).
Incorporado por el artículo 2.II de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101700000015.
Importe de la sanción para personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas: | 1.000 UFV |
Importe de la sanción para personas jurídicas: | 2.000 UFV |