Disposiciones finales del ITF (RND 11-10)

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10.0011.10

CAPÍTULO V

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se mantienen vigentes los siguientes formularios para la declaración, pago y solicitud de exención del Impuesto a las Transacciones Financieras, que tienen la calidad de Declaración Jurada según el siguiente detalle:

Formulario Nº 165 “Declaración Jurada de Pago” (No rectificable)

Formulario Nº 166 “Declaración Jurada de Detalle” (Rectificable)

Formulario Nº 167 “Declaración Jurada de Solicitud de Exenciones” (No Rectificable)

Formulario Nº 168 “Anexo del Formulario Nº 166” (Rectificable)

Formulario Nº 1200 “Boleta de Pago”.

Los formularios antes referidos junto a sus instructivos, estarán disponibles en el sitio web oficial del SIN.

Segunda. Las exenciones específicas contempladas en el Capítulo III y otorgadas según procedimiento establecido en el Capítulo IV de la presente Resolución, tendrán vigencia a partir de la comunicación al agente de retención o percepción, de acuerdo al Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 28815.

Tercera. Se aclara que en aplicación de la exención dispuesta por el inciso e), Parágrafo I del Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 28815, no es necesario que los cheques propios girados para el pago de impuestos, se encuentren visados.

Cuarta. Al haberse ampliado mediante Ley Financial para la Gestión 2009, la vigencia del Impuesto a las Transacciones Financieras, creado mediante Ley No. 3446 de 21 de julio de 2006, se convalidan las exenciones otorgadas en vigencia de las Resoluciones Normativas de Directorio Nº 10.0020.06 de 27 de julio de 2006, Nº 10.0021.06 de 28 de julio de 2006, Nº 10.0026.06 de 4 de septiembre de 2006 y Nº 10.0009.08 de 11 de marzo de 2008, al no haberse introducido modificaciones en la Ley sustantiva.

Quinta. Las Resoluciones de autorización de exención que hubieren sido otorgadas con plazo de vigencia deberán ser tramitadas nuevamente al cumplimiento del referido plazo, conforme a los procedimientos y requisitos establecidos en la presente Resolución.

Sexta. Se deja sin efecto la Resolución Normativa de Directorio No. 10.0003.10, de 19 de marzo de 2010, aprobándose en su lugar la presente disposición normativa que entrará en vigencia el 1 de junio de 2010, conforme prevé la Resolución Normativa de Directorio No. 10.0005.10, de 30 de marzo de 2010, fecha a partir de la cual quedaran derogadas las Resoluciones Normativas de Directorio Nº 10.0020.06 de 27 de julio de 2006, Nº 10.0021.06 de 28 de julio de 2006, Nº 10.0026.06 de 4 de septiembre de 2006 y Nº 10.0009.08 de 11 de marzo de 2008.


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