RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0009-11
PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL PADRÓN NACIONAL DE CONTRIBUYENTES BIOMÉTRICO DIGITAL (PBD-11)
CAPÍTULO IX
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- (Actualización de Datos).- Todos los Contribuyentes que antes de la vigencia de la presente Resolución estuvieren registrados en el Padrón Nacional de Contribuyentes en estado «activo», se encuentran obligados a realizar la actualización de su información y datos exigidos a través de la Oficina Virtual del SIN de acuerdo al cronograma que será oportunamente publicado, para ingresar al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) , de acuerdo al procedimiento detallado en el Capítulo II de la presente Resolución y posteriormente presentarse a la Plataforma de Atención con la documentación pertinente para proseguir con su respectivo trámite. El incumplimiento a la presente disposición, constituirá incumplimiento a deberes formales y será sancionado conforme la normativa pertinente.
Segunda.- (Modificación de datos previo a la Actualización de Información).- A partir de la vigencia de la presente resolución, todos aquellos contribuyentes inscritos al Padrón Nacional de Contribuyentes que deban realizar modificaciones a la información que tienen registrada, deberán realizar las mismas en la Plataforma de Atención de la jurisdicción a la que pertenecen, en tanto su acceso al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) no se haya producido.