LEY Nº 3446 DE 21 DE JULIO DE 2006
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
D E C R E T A:
ARTICULO 1 (CREACION Y VIGENCIA). Créase un Impuesto a las Transacciones Financieras de carácter transitorio, que se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2023.
El artículo 1 fue modificado por la disposición adicional cuarta, parágrafo I de la Ley Nº 1135 del Presupuesto General del Estado para la gestión 2019.
Nota de impuestos.com.bo