2.491 contribuyentes que implementarán el SF a partir de abril de 2022 (RND 1021-19)

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102100000019

SEGUNDO GRUPO DE CONTRIBUYENTES QUE DEBEN IMPLEMENTAR UNA MODALIDAD DE FACTURACIÓN EN LÍNEA

La Paz, 14 de octubre de 2021

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas reglamentarias administrativas de carácter general a efectos de la aplicación de las normas tributarias.

Que mediante Resolución Normativa de Directorio N° 102100000011 de 11 de agosto de 2021, el Servicio de Impuestos Nacionales reglamenta el Sistema de Facturación que regirá sobre todas las actividades gravadas por el IVA en territorio nacional a partir del 1 de diciembre de 2021.

Que el Artículo 10 de la citada Resolución dispone que la Administración Tributaria establecerá periódicamente mediante Resolución Normativa de Directorio, la obligatoriedad para el uso de las modalidades de facturación en línea.

Que en el marco de lo señalado precedentemente y a efecto que los sujetos pasivos o terceros responsables tomen las previsiones correspondientes, es necesario establecer el grupo de contribuyentes que a partir del 01 de abril de 2022 deben implementar la modalidad de facturación Electrónica en Línea, Computarizada en Línea o Portal Web en Línea.

Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de la Ley Nº 2166, del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Los contribuyentes listados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, deberán adecuar e implementar sus Sistemas Informáticos de Facturación de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio N° 102100000011 de 11 de agosto de 2021, Sistema de Facturación, a efecto que desde el 1 de abril de 2022 emitan Documentos Fiscales Digitales a través de la modalidad de facturación en línea asignada.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única.- Los contribuyentes listados en los Anexos de las Resoluciones Normativas de Directorio que establecen la implementación de una modalidad de facturación en línea, podrán consultar la modalidad de facturación asignada, a través de la opción SIAT de la página web www.impuestos.gob.bo.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Servicio de Impuestos Nacionales


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